
Se deja sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 626.
CS acoge protección contra municipio que prohibió locomoción colectiva en camino rural.
El máximo Tribunal estableció que sólo el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones tiene la facultad de alterar o modificar el sentido de tránsito y horario de funcionamiento del transporte público en vías rurales.
15 de julio de 2020