
Recurso de amparo acogido.
Suspender visitas conyugales a privados de libertad a pretexto de la seguridad e integridad de los amparados, es ilegal y discriminatorio, resuelve la Corte de Valparaíso.
Agregar un requisito que el reglamento no contempla, sin que se expresen fundamentos en mérito de los cuales se decidió la prohibición, transforma el acto en ilegal y contraviene las reglas de Mandela.
06 de diciembre de 2022