
Rechazo a reclamo por pensiones
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad contra resolución de cierre del CPLT en caso de pensiones de gracia
El artículo 28 de la Ley N° 20.285 solo permite reclamar contra la decisión que resuelve el proceso de amparo. Solo la decisión original de amparo es impugnable vía reclamo de ilegalidad. Las resoluciones posteriores, como la de cierre, no son susceptibles del mismo recurso. El reclamo de ilegalidad es de derecho estricto y solo procede en casos específicos.
25 de agosto de 2025