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Imagen: paiscircular.cl

Desalinización: régimen jurídico

La nueva ley de desalinización: consolidación de un régimen paralelo al Código de Aguas

La Ley N° 21.813 sobre uso de agua de mar para desalinización constituye un avance relevante en la regulación hídrica chilena, incorporando mecanismos de planificación, fiscalización y coordinación institucional. Sin embargo, la normativa mantiene vacíos respecto de la naturaleza jurídica del agua desalinizada y su integración al régimen tradicional del Código de Aguas. El presente trabajo analiza críticamente dichas tensiones, sosteniendo que la ley consolida un estatuto hídrico funcionalmente paralelo al sistema clásico de derechos de aprovechamiento.

14 de mayo de 2026

Imagen: Chat/Elke

Opinión

La desalación en Chile: ¿un régimen paralelo al Código de Aguas?, por Montserrat Von-Harsen Belaustegi

El artículo examina la nueva regulación chilena sobre desalinización y su impacto en el sistema de aguas. Aborda la configuración de un régimen híbrido que tensiona las categorías del Código de Aguas, advirtiendo que la falta de coherencia normativa puede llegar a afectar la seguridad jurídica y la inversión. Se concluye destacando la necesidad de mayor claridad institucional.

02 de mayo de 2026

Sergio Montenegro Arriagada: “Sin reglamentos, el Derecho Ambiental queda paralizado y se instala la incertidumbre jurídica”

Desafíos para la institucionalidad

Sergio Montenegro Arriagada: “Sin reglamentos, el Derecho Ambiental queda paralizado y se instala la incertidumbre jurídica”

El abogado y académico analiza los desafíos jurídicos que enfrenta la institucionalidad ambiental chilena ante el inicio de un nuevo ciclo político. Advierte sobre los riesgos de acelerar permisos ambientales, la falta de reglamentos para implementar la Ley de Biodiversidad y Áreas Protegidas y las tensiones entre crecimiento económico y protección ambiental.

14 de marzo de 2026

Imagen: timeline.cl

Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.

Normas que regulan las servidumbres legales mineras para transportar agua desalada por predios superficiales, serán examinadas por el Tribunal Constitucional.

Se alega que las servidumbres legales mineras de ocupación de predios superficiales para conducir por ductos o cañerías aguas de mar desaladas desde planta desalinizadora hasta el establecimiento de beneficio deben constituirse bajo la normativa del Código Civil y no del Código de Minería.

04 de agosto de 2022