
Recurso de protección rechazado.
Corte de suministro de agua potable por deuda morosa se ajusta a la legalidad y las disputas sobre su procedencia deben ser dilucidadas en un procedimiento de lato conocimiento.
Resolvió que las diferencias sobre una deuda pendiente de consumo de agua potable que afecta al departamento que arrienda la recurrente en la comunidad deben ser dilucidadas en un procedimiento de lato conocimiento y no en sede cautelar.
07 de noviembre de 2024