
Opinión.
«¿Ministros y congresistas a domicilio?: Quien explica se complica», por Emilio Garrote Campillay.
Una persona es considerada sujeto pasivo cuando se trata de una autoridad o un funcionario respecto del cual se realiza lobby o una gestión de interés, y por esta circunstancia tiene la obligación legal de registrarlo y transparentarlo en el banner de la respectiva página web de la institución a la que pertenece
02 de febrero de 2024