
Acción protección rechazada
Corte Suprema delimita alcance del recurso de protección en controversias derivadas de contratos de obras públicas
Estableció que los conflictos relativos a multas por atraso y descuentos practicados en estados de pago, en el marco de contratos regidos por el Reglamento para Contratos de Obras Públicas, deben ventilarse en las sedes ordinarias correspondientes y no a través de la acción cautelar del artículo 20 de la Constitución.
23 de febrero de 2026