
Recurso de queja acogido.
En el examen de admisibilidad de una acción de tutela de derechos fundamentales el tribunal no está llamado a ponderar la prueba acompañada, resuelve la Corte Suprema.
Si bien esta acción es especial, ello no significa que el denunciante para franquear el examen de admisibilidad deba acreditar cada uno de los hechos que considera vulneratorios, por ende, el tribunal incurre en falta o abuso grave al razonar sobre la prueba en una etapa que no es la probatoria.
21 de febrero de 2023