
Recurso de protección rechazado.
Cobranza extrajudicial efectuada mediante el envío de 4 correos electrónicos no puede ser calificada de hostigamiento ni atentatoria de derechos fundamentales.
Informar una deuda y advertir la posibilidad de ejercer acciones legales o publicar la misma, no resulta contraria al ordenamiento jurídico.
31 de diciembre de 2022