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Con voto disidente

Tribunal Constitucional rechaza contienda de competencia en caso Dominga

Conflicto entre Comité de Ministros y Tribunal Ambiental no constituye una verdadera disputa jurisdiccional, sino un asunto de legalidad interna del proceso judicial que debe resolverse por los mecanismos ordinarios. El artículo 30 de la Ley 20.600 no aplica a sentencias de ejecución. Es un problema de validez de resoluciones, no de competencias. El Comité de Ministros reconoció implícitamente la jurisdicción del Tribunal Ambiental al apelar su decisión. Los posibles defectos de legalidad no convierten el caso en una contienda jurisdiccional.

12 de junio de 2025