
Garantías GES
Protección no procede si conflicto GES ya es conocido por la Superintendencia de Salud, resuelve Corte Suprema
Concluyó que si la controversia sobre el otorgamiento de prestaciones GES ya se encuentra sometida al conocimiento de la Superintendencia de Salud, el recurso de protección no constituye la vía idónea para resolverla, debiendo las alegaciones formularse mediante los procedimientos previstos por la legislación sanitaria.
10 de agosto de 2026