
Corte Suprema confirma sentencia.
No se discrimina a estudiante al solicitar que su familia designe a una persona de confianza para que lo acompañe en su gira de estudios, si su condición emocional y de salud así lo requiere.
Resulta del todo adecuado que el colegio tome medidas de resguardo no solo por la seguridad del estudiante, sino que también respecto de los demás educandos, ya que es el conjunto de alumnos los que se encuentran bajo el cuidado y la tutela del colegio.
02 de enero de 2024