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#impugnación de créditos

Imagen: expertoabogados.cl

Casación laboral acogida

Corte Suprema excluye daño moral y lucro cesante de preferencia laboral en concurso

Determinó que dichas indemnizaciones, aun cuando provengan de un accidente del trabajo y hayan sido reconocidas judicialmente, no constituyen indemnizaciones legales o convencionales de origen laboral para efectos de la prelación de créditos, enfatizando el carácter excepcional y de interpretación estricta de las normas que establecen privilegios en el pago dentro de un procedimiento concursal.

24 de marzo de 2026

aval

Recurso de casación en el fondo acogido.

Ex trabajadores de persona que solicitó su liquidación concursal son declarados acreedores preferentes del deudor por la Corte Suprema.

Pese a que la liquidadora concursal impugnó los créditos de los recurrentes, el máximo Tribunal estimó que aquellos gozaban de preferencia en el pago de los montos obtenidos en sede laboral, debido a que tanto la persona del deudor, como las empresas que llevaban su mismo nombre constituían un único empleador en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo, por ende, no se le podía eximir de la reclamación del crédito de sus antiguos dependientes.

13 de enero de 2024

Recurso de casación en el fondo debe fundarse en indicaciones concretas de las normas vulneradas y no en referencias abstractas al derecho infringido.

Argumentos genéricos y ausencia de norma decisoria.

Recurso de casación en el fondo debe fundarse en indicaciones concretas de las normas vulneradas y no en referencias abstractas al derecho infringido.

Al cuestionar el fallo de los jueces de fondo que confirmaron el rechazo de una impugnación de créditos, en el marco de un procedimiento de liquidación concursal, el recurrente hizo una enunciación vaga y genérica de las normas conculcadas, sin referirse a la norma decisoria ni puntualizar en forma concreta los artículos que le hubieran servido de base para su libelo.

08 de enero de 2024