
Casación acogida en caso de daño
No hay exposición imprudente al daño si no existe nexo causal entre la demora en buscar atención médica y el desenlace fatal del paciente.
Se descartó la exposición imprudente al daño y se acreditó el daño moral por repercusión sufrido por los demandantes en su calidad de cónyuge e hijos, a raíz de la muerte intempestiva del paciente, derivada de un diagnóstico erróneo.
20 de marzo de 2025