
Reclamo de ilegalidad municipal rechazado.
Caducidad de permiso de edificación opera automáticamente transcurrido el plazo de 3 años, por lo que no requiere de un procedimiento administrativo previo.
El reclamante alegó que, al no iniciarse un procedimiento previo para declarar la caducidad de los permisos, se vulneró el debido proceso, pues no se le permitió realizar descargos ni presentar pruebas, argumento que fue descartado por la Corte.
26 de enero de 2023