
Artículo 4, inciso 2, del Decreto N°66/2013.
Ordenanza Municipal de Consulta Indígena de la Ciudad de Valparaíso se ajusta a derecho en cuanto a la obligatoriedad de los acuerdos que voluntariamente se alcancen con los pueblos indígenas y tribales, dictamina la Contraloría.
Sólo pueden ser considerados obligatorios los acuerdos voluntarios de la Municipalidad con tales organizaciones, pues no se puede conceder un carácter vinculante a las consultas indígenas –tal efecto no se desprende del ordenamiento jurídico-.
28 de abril de 2023