
Límites al consejo constitucional
¿Doce “bordes”? No. Normas constitucionales de obligatorio cumplimiento
El actual Consejo Constitucional no es un órgano constituyente originario, con poderes ilimitados, omnímodos o refundacionales, es decir, no parte de una “hoja en blanco”, sino de los límites que la Constitución vigente les fija, en forma y contenido, entre las cuales están las “bases de la institucionalidad” de los doce numerales del artículo 154, que “deberá contener” la propuesta de nueva Constitución, sin perjuicio de que el mencionado Consejo añada otras bases.
17 de mayo de 2023