
Recurso de amparo acogido por Corte de Valparaíso.
Los días de privación de libertad como medida cautelar no sólo pueden abonarse a las penas efectivas, sino que también a las sustitutivas que tienen el carácter de temporal.
Los tiempos de privación de libertad correspondientes al proceso en el que se dicta sentencia condenatoria, deben necesariamente ser abonados al cumplimiento de la pena impuesta, independiente de la modalidad de cumplimiento determinada para la misma.
29 de octubre de 2023