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#principio de no devolución

Ciudadana venezolana recurre al TC por rechazo de solicitud de refugio basada en hechos sobrevinientes

Refugio y inconstitucionalidad

Ciudadana venezolana recurre al TC por rechazo de solicitud de refugio basada en hechos sobrevinientes

La acción cuestiona la aplicación de una norma de la Ley de Protección de Refugiados que permitió declarar extemporánea una solicitud de refugio sur place, impidiendo que la autoridad examinara el fondo de la petición de protección internacional. El inciso quinto del artículo 26 de la Ley N° 20.430 vulnera la igualdad ante la ley, el debido proceso, el acceso a la jurisdicción y el principio de no devolución, al impedir que acceda al procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiada, pese a invocar hechos sobrevinientes ocurridos con posterioridad a su ingreso a Chile

06 de junio de 2026

imagen: ceupe.com

Principio de flexibilidad

Corte Constitucional de Colombia solicita creación de protocolo de convalidación de títulos académicos para refugiados

Determinó que las exigencias administrativas de legalización de documentos deben flexibilizarse ante la imposibilidad material que enfrentan las personas bajo protección internacional. El pronunciamiento vincula el reconocimiento de cualificaciones con el derecho a la educación y la libertad de oficio, estableciendo que el Estado debe aplicar un enfoque de género y principios de buena fe en los trámites de convalidación para evitar la vulneración del principio de no devolución.

02 de marzo de 2026

imagen: berkeley.edu

Existen riesgos para su integridad

Tribunal de EE.UU. dictamina ilegalidad de deportaciones de migrantes a terceros países

La sentencia se centra en la obligatoriedad de respetar el debido proceso y el principio de no devolución en los procedimientos de extranjería. Establece que el Departamento de Seguridad Nacional vulneró normativas federales al no otorgar a los afectados la instancia de manifestar riesgos de seguridad personales. Asimismo, el tribunal refuerza la jerarquía de las leyes del Congreso sobre las directrices administrativas, exigiendo la notificación previa del destino final de expulsión para permitir el ejercicio de la defensa legal.

02 de marzo de 2026

imagen: omct.org

Principio de no devolución

ONU denuncia que afganos que retornan forzosamente a su país sufren graves violaciones a los Derechos Humanos

Publicó un informe basado en entrevistas con ciudadanos afganos repatriados involuntariamente, que documenta múltiples vulneraciones a sus derechos fundamentales. El documento detalla restricciones a la libertad personal, amenazas, detenciones arbitrarias y otros actos atribuidos a las autoridades de facto. Además, recuerda la vigencia del principio de no devolución, estipulado en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, y llama a los Estados a evaluar riesgos individuales antes de realizar repatriaciones.

31 de julio de 2025

imagen: wikimedia.org

Tribunal General de la Unión Europea.

Denegación de solicitud de antecedentes de una operación aeronaval presentada por una ONG no se ajusta a derecho, resuelve el TGUE.

Se deben rechazar en gran medida los argumentos formulados por SeaWatch contra la decisión de Frontex. No obstante, Frontex no mencionó en su decisión la existencia de una serie de fotografías a las que se refería la solicitud de Sea-Watch. Esta omisión supone que Frontex no justificó su denegación de acceso a dichas fotografías.

29 de abril de 2024

imagen: equipoeuropa.org

Tribunal General de la Unión Europea.

Organismo europeo no incurrió en ilegalidad al expulsar a un grupo de refugiados sirios de territorio griego: no tiene facultades para objetar las decisiones de los Estados miembros de la UE, por lo que no es responsable.

El daño invocado debe resultar directamente de la supuesta ilegalidad y no de la elección del demandante sobre cómo reaccionar ante el acto supuestamente ilegal. Se ha considerado que el mero hecho de que la conducta ilícita constituya una condición necesaria (una condición sine qua non) para que surja el daño, en el sentido de que el daño no se habría producido en ausencia de tal conducta, no es suficiente para establecer una relación causal.

11 de septiembre de 2023

imagen: celag.org

Acuerdo de Tercer País Seguro.

Acuerdo que permite expulsar a solicitantes de asilo provenientes de Estados Unidos es válido, resuelve la Corte Suprema de Canadá.

Aun asumiendo que los reclamantes enfrentan riesgos reales y no especulativos de devolución desde los Estados Unidos, el esquema legislativo canadiense proporciona válvulas de seguridad que protegen contra tales riesgos. Por esa razón, el esquema que implementa el Acuerdo de Tercer País Seguro no es demasiado amplio ni extremadamente desproporcionado y, por lo tanto, está de acuerdo con los principios de justicia fundamental.

25 de junio de 2023