
Corte rechaza acción de protección
Dichos proferidos en el marco de un desacuerdo familiar no tienen la entidad suficiente para afectar el derecho a la honra.
Son expresiones que se ventilan en ejercicio de la libertad de expresión y en las que se critica a la actora con motivo de un desacuerdo familiar, que no pueden ser calificados de ilegales ni arbitrarios y que no revisten la entidad y gravedad suficiente para causar una afectación al derecho a la honra.
23 de marzo de 2025