
Derecho a defensa.
Las afirmaciones realizadas en una red social por un desconocido carecen de valor para acreditar el hecho que justifique un despido.
Si su identidad no puede ser corroborada, no confirma sus dichos ante un tribunal y no es interrogado libremente por las partes, amenaza el derecho de defensa y las garantías procesales.
05 de mayo de 2021