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Código Civil - Artículo 1793.

Compraventa

En la compraventa hay dos obligaciones presentes: Obligación de pagar el precio y obligación de entregar la cosa.

CONTRATO DE COMPRAVENTA / CONCEPTO / CÓDIGO

1. Código Civil – Artículo 1793

La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.

2. CARACTERÍSTICAS

Bilateral: Ambas partes se obligan recíprocamente.

Oneroso: Ambas partes reportan utilidad.

Conmutativo: Las prestaciones se miran cómo Excepción Aleatorio.

Principal: Subsiste por sí

Consensual: RG excepcionalmente solemne.

3. OBLIGACIONES 

¿Qué tipo de obligaciones encontramos en este tipo de contrato?

Corresponden a los efectos de los contratos, y en la compraventa hay dos obligaciones presentes:

  1. Obligación de pagar el precio.
  2. Obligación de entregar la cosa.

4. CÓMO OPERA LA CV:

En Chile:

  1. Contrato (Título) y Tradición (Modo de adquirir).
  2. El contrato de compraventa es el título traslaticio de dominio y la tradición (entrega) es el modo de adquirir.

5.ALGUNOS EJEMPLOS:

Josefa celebra un contrato de compraventa con Camila el día 7 de mayo del año 2022, respecto de un automóvil marca «Sukeke» de color blanco, año 2019, en la suma de $8.000.000, la entrega se realizó al día siguiente.

Lucas celebra un contrato de compraventa con Felipe respecto de 10 packs de botellas de «Coki-Coki» en una suma de $20.000 mensuales por 5 meses. Lucas paga los primeros días hábiles de cada mes y Felipe entrega los segundos días hábiles de cada mes.

Oliver celebra un contrato de compraventa con Matías en el mes de diciembre del 2022, respecto de un inmueble cuyo valor asciende a 5.000 uf ubicado en la comuna de Talagante. El inmueble fue inscrito en el CBR en diciembre del mismo año.

Por: Josefa Vega.