Sala Plena.
CC de Colombia declaró ajustadas a la Constitución medidas para mitigar impacto de la pandemia en las cárceles.
Las medidas están orientadas en sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria.

La Corte Constitucional de Colombia, declaró constitucionales las medidas para mitigar impacto de la pandemia en las cárceles.
Respecto a los hechos, consta que el Decreto Legislativo 546 de 2020, “por medio del cual se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Al respecto, la Magistratura constitucional colombiana expuso, sobre el diseño de las medidas de detención domiciliaria y prisión domiciliaria transitorias, que el literal d) del Artículo 2 del Decreto, no excluye otras formas de discapacidad que puedan resultar incompatibles con las medidas sanitarias y de distanciamiento social por parte de la población privada de la libertad.
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