Prefectura cuenta con facultades legales.
Corte de Iquique rechazó acción de protección en contra de medida de baja de Carabineros.
Se dedujo acción de protección en contra del Prefecto de Carabineros de Iquique, por parte de dos funcionarios a quienes se dio de baja por “mala conducta”. Estiman que tal actuación vulnera sus garantías constitucionales, específicamente, la igualdad ante la ley, no ser juzgados por comisiones especiales y el derecho de propiedad sobre el cargo;…

Se dedujo acción de protección en contra del Prefecto de Carabineros de Iquique, por parte de dos funcionarios a quienes se dio de baja por “mala conducta”. Estiman que tal actuación vulnera sus garantías constitucionales, específicamente, la igualdad ante la ley, no ser juzgados por comisiones especiales y el derecho de propiedad sobre el cargo; ello, por cuanto no se realizó el sumario administrativo respectivo y porque la resolución no indicaría la causa específica de la sanción adoptada.
El recurrido informó que la actuación se justificó en una investigación previa realizada, en un procedimiento en que se escuchó a los recurrentes, y que contaba con las facultades legales para aplicar las sanciones impuestas.
La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó la acción constitucional en el Rol N°432-2011, a razonar que, habiendo sido oídos los funcionarios recurrentes durante la investigación, el recurrido no habría actuado como una comisión especial. Agrega que el recurrido “tiene la facultad de disponer la eliminación de las Filas de la Institución por conducta mala con efectos inmediatos”.
Te puede interesar

Por no cumplir apercibimiento.
TC no admitió a trámite y tuvo por no presentado para todos los efectos legales requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CPP referida al sobreseimiento definitivo cuando no se acusare al imputado dentro de plazo.

Tanques se encuentran fuera de servicio.
Corte de Puerto Montt rechaza acción en contra de COPEC por derrame de petróleo.

Modifica Ley del Auge.
Diputados proponen eliminar etapa de conciliación consagrada en los procedimientos destinados a perseguir responsabilidad médica.

