Con un voto en contra.
CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota que decretó la expulsión de extranjero.
El amparado ya había sometido los hechos a un recurso de amparo.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó recurso de amparo deducido por ciudadano cubano en contra de Intendencia Regional de Arica y Parinacota. El amparado señala que ingresó al país en forma clandestina en el mes de septiembre de 2018, efectuándose denuncia por el delito de ingreso ilegal al país el 26 de diciembre del mismo ante la Fiscalía Local de Arica, presentándose luego, por la Intendencia Regional de dicha ciudad, el desistimiento de la acción, según consta de la resolución que se impugna en estos autos. Luego, el Intendente de Arica resolvió la expulsión del amparado, para que dicha expulsión resulta ilegal, toda vez que ella resulta procedente, conforme al artículo Ley de Extranjería, una vez que exista una condena penal mediante un proceso debidamente tramitado, y siempre que la pena haya sido cumplida. En el caso en comentario, la resolución recurrida no da cuenta de haberse obrado en dicho sentido ni menos de haber sido oído el amparado en el procedimiento administrativo.
El recurrido señala en su informe que amparado ingres por un paso clandestino al país. Remitidos los antecedentes a la informante, y conforme a la facultad del artículo 78 del D.L. 1.094, se presentó el 26 de diciembre de 2018, denuncia respecto de los hechos a la Fiscalía de Arica y posteriormente, el desistimiento de la acción. Considerando lo expresado, es que el 25 de enero de 2019 se dicta la resolución que dispone la expulsión del amparado. Hace presente que había interpuesto un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Arica para revertir dicha medida, el que fue rechazado en su oportunidad y confirmada por la Corte Suprema.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, concluyendo que existiendo un pronunciamiento jurisdiccional sobre los mismos hechos que motivan el recurso, la Corte se ve impedida de entrar al conocimiento de los mismos, por concurrir los presupuestos de la autoridad de cosa juzgada.
Temas
Te puede interesar

Sala Plena.
CC de Colombia determinó que no procede que emita pronunciamiento por demanda de persona que se rehusó a registro personal de la Policía.

Segunda Sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que otorga a Alcaldes facultad para considerar como salud incompatible con desempeño del cargo el uso de licencia médica.

Rechazó Casación.
TS de España rechazó casación y confirmó como trabajadora indefinida a una bailarina del Ballet Nacional que firmó diez contratos temporales seguidos.

