Por unanimidad.
CS revocó fallo y acogió amparo en contra de Comisión de Libertad Condicional que negó beneficio penitenciario.
La Corte señala que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta "avances en su proceso de reinserción social".

En forma unánime, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó recurso de amparo deducido por condenado en contra de Comisión de Libertad Condicional. El amparado señala que se encuentra cumpliendo pena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I y en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley 321, Sobre Libertad Condicional, el recurrido le negó su solicitud.
El recurrido señala en su informe que rechazaron por unanimidad la solicitud, atentido que de los informes de Gendarmería se advertían escasas posibilidades del amparado para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, a lo que se suman sus características de personalidad y falta de conciencia sobre la gravedad del delito; lo que impide tener por probado que el actor haya demostrado avances en su proceso de reinserción social.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, concluyendo que la recurrida, ha actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, y denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.
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