Diario Constitucional

Primera sala.

Impugnan ante el TC norma que permite adelantar designación de la comisión tasadora para el avalúo de terrenos de una servidumbre eléctrica solicitada en una concesión.

La requirente considera que el precepto impugnado vulnera el principio de probidad.

Por Redacción·15 de noviembre de 2018·2 min de lectura
Impugnan ante el TC norma que permite adelantar designación de la comisión tasadora para el avalúo de terrenos de una servidumbre eléctrica solicitada en una concesión.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 63 inciso segundo de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE).

El precepto impugnado establece: “Sin perjuicio de lo anterior, el solicitante podrá requerir la designación de una o más comisiones tasadoras desde el vencimiento del plazo para presentar observaciones u oposiciones del último notificado. Los honorarios de las comisiones tasadoras serán de cargo del concesionario y serán fijados por el Superintendente”.

La gestión pendiente incide en un reclamo de ilegalidad, de que conoce la Corte de Santiago, en que la requirente impugnó las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que “adelantan” la designación de la comisión tasadora prevista en la LGSE para la realización del avalúo de los terrenos de servidumbre eléctrica solicitados en la concesión, a pesar que aún no se constituye la servidumbre sobre su predio y está pendiente su oposición.

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