Diario Constitucional

Con voto en contra.

Inaplicabilidad que impugnó norma del Código de Procedimiento Penal que establece las presunciones como medios de prueba, fue nuevamente rechazada.

La norma impugnada comprende un completo test acerca de la validez procesal de las presunciones, y exige un conjunto amplísimo de conexiones y requisitos, cuya consecuencia es, precisamente, reducir la arbitrariedad judicial.

Por Redacción·04 de diciembre de 2021·5 min de lectura
Normas que impiden alegar abandono del procedimiento en el procedimiento de cobranza judicial de cotizaciones de seguridad social, se impugnan en el Tribunal Constitucional.
Referencial

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnó el artículo 488, en relación con el artículo 457, del Código de Procedimiento Penal.

Los preceptos impugnados establecen que:

“Artículo 488. Para que las presunciones judiciales puedan constituir la prueba completa de un hecho, se requiere:

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