Primera sala.
Ingresaron al TC nuevas contiendas de competencia trabadas entre Juzgado de Policía Local de Macul y Fiscalía Local de Peñalolén-Macul relativa a causas por una discusión en público entre vecinos.
En una primera oportunidad, el Juzgado de Policía Local tramitó las causas, pero se declaró incompetente para seguir conociendo los hechos denunciados.

Se solicitó la resolución de dos contiendas de competencia trabadas entre el Juzgado de Policía Local de Macul y la Fiscalía Local de Peñalolén-Macul, en relación a dos causas por una discusión vecinal en público.
En una primera oportunidad, el Juzgado de Policía Local tramitó las causas, pero se declaró incompetente para seguir conociendo los hechos denunciados, al estimar que se encuentran comprendidos en el artículo 496 N° 10 del Código Penal, remitiendo los antecedentes a la Fiscalía Local de Peñalolén-Macul. Sin embargo, la Fiscalía Local devolvió los hechos al Juzgado de Policía Local, al considerar que no existen antecedentes que hagan presumir la existencia de la falta contemplada en el artículo 496 N° 10 del Código Penal. Por tanto, el referido Juzgado de Policía Local decidió trabar contienda de competencia.
En el caso que se declare admisible, el TC se pronunciará sobre el fondo de las contiendas de competencia planteadas.
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