Igualdad ante la ley.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece acción indemnizatoria en favor de ciertos terceros en procedimiento de expropiación.
La gestión pendiente incide en los autos sobre acción indemnizatoria, en procedimiento incidental, conocida por el 5° Juzgado Civil de Valparaíso.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso final del artículo 20 del Decreto Ley Nº 2.186, que aprueba la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones.
El precepto impugnado dispone: “El daño patrimonial efectivamente causado a los arrendatarios, comodatarios o a otros terceros cuyos derechos se extingan por la expropiación y que, por no ser de cargo del expropiado, no pueda hacerse valer sobre la indemnización, será de cargo exclusivo de la entidad expropiante, siempre que dichos derechos consten en sentencia judicial ejecutoriada o en escritura pública, pronunciada u otorgada con anterioridad a la fecha de la resolución a que se refiere el inciso segundo del artículo 2°, o de la del decreto supremo o resolución que señala el inciso primero del artículo 6°, en su caso. La acción que, para el resarcimiento de ese daño, ejerciten tales terceros, se sujetará al procedimiento incidental; pero la primera gestión deberá notificarse personalmente, o si el juez lo autoriza, por cédula, a la entidad expropiante. En ningún caso esta acción impedirá la toma de posesión material del bien expropiado”.
La gestión pendiente incide en los autos sobre acción indemnizatoria, en procedimiento incidental, conocida por el 5° Juzgado Civil de Valparaíso.
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Con disidencia.
TC acogió inaplicabilidad que impugnó norma que transitoriamente otorga facultades de sanción en materia medio ambiental.

Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma de la Ley Emilia que suspende pena sustitutiva y exige pena privativa de un año.

Precepto no es decisivo.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que limita casación en la forma y que vulneraría debido proceso.

