Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que impide a procesado retractarse de su declaración y que incidiría en proceso por violación a Derechos Humanos.
La gestión pendiente recae en autos sobre delito de homicidio, seguida ante la Ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel en causas de Derechos Humanos, Mariela Cifuentes.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 483 del Código de Procedimiento Penal.
El precepto en cuestión dispone que: “Si el procesado retracta lo expuesto en su confesión, no será oído, a menos que compruebe inequívocamente que la prestó por error, por apremio, o por no haberse encontrado en el libre ejercicio de su razón en el momento de practicarse la diligencia”.
La gestión pendiente recae en autos sobre delito de homicidio, seguida ante la Ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel en causas de Derechos Humanos, Mariela Cifuentes Alarcón, en actual conocimiento de la Corte Suprema, en virtud de un recurso de casación en el fondo.
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