Diario Constitucional

Debido Proceso.

Municipalidad de Maipú solicita se declare inaplicable norma que le prohíbe apelar resolución del CPLT y que la obliga a entregar información respecto a luminarias viales.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Santiago.

Por Redacción·08 de octubre de 2020·2 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 28, inciso segundo, de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Los órganos de la Administración del Estado no tendrán derecho a reclamar ante la Corte de Apelaciones de la resolución del Consejo que otorgue el acceso a la información que hubieren denegado, cuando la denegación se hubiere fundado en la causal del número 1 del artículo 21.”.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Santiago, en los que la requirente, la Municipalidad de Maipú, interpuso dicho reclamo en contra de la resolución del CPLT que acogió amparo presentado por una particular, obligando al municipio a entregar información sobre luminarias viales.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.