Rechazo a inaplicabilidad de norma
Norma que aplica interés penal por el pago tardío de patentes municipales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Los disidentes sostienen que, aunque la finalidad disuasiva o indemnizatoria del interés penal puede ser legítima, su aplicación no puede justificar la afectación de derechos fundamentales.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto del artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales.
La precitada disposición legal dispone lo siguiente:
“Artículo 48.- El contribuyente que se constituyere en mora de pagar las prestaciones señaladas en el artículo anterior, quedará obligado, además, al pago de los reajustes e intereses en la forma y condiciones establecidas en los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario”. (Art. 48, Decreto Ley N° 3.063).
Temas
Te puede interesar

Requerimientos de inaplicabilidad.
Normas que establecen el reajuste y el interés penal por no pago de cotizaciones previsionales, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

Código Tributario.
Norma que sanciona con un interés penal del uno y medio por ciento mensual en caso de mora en el pago de cualquier clase de impuestos y contribuciones, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Principio non bis in ídem.
Normas que establecen intereses penales por el no pago de cotizaciones previsionales se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

