Regularización de bienes raíces.
Norma que presume el actuar doloso del interesado que ha reconocido dominio ajeno de la propiedad cuyo dominio pretende regularizar, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que la norma impugnada transgrede el principio de presunción de inocencia y su garantía constitucional a un debido proceso.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 9°, inciso segundo, del Decreto Ley N°2.695, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
La precitada norma legal establece:
“El que maliciosamente obtuviere el reconocimiento de la calidad de poseedor regular de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente ley, será sancionado con las penas del artículo 473° del Código Penal.
Comentarios (2)
JuanCarlos patrañas. La burla de las buenas costumbres amparada en los errores o limitaciones que la palabra escrita le impone a la ley no son excusa para que el actuar de mala fe no sea considerado un delito y por tanto dolo. El acoger esto solo legalizará miles de estafas futuras.
Alejandro Vera Es decir que si yo AUN SABIENDO que una propiedad NO ES MIA, intento Inscribirla en el CBR, puedo no ser culpable de dolo??? Es decir que si pasa la inscripción engañosa, bien, y si no pasa, «PUEDE QUE LO HAYA HECHO DE FORMA INOCENTE…» Paren su hu3v30!! No le den más oportunidades a los criminales!!!!
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