Principios de supremacía constitucional y de juridicidad vulnerados.
Normas de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional que solo permiten recurrir de nulidad contra laudos arbitrales ante las Cortes de Apelaciones, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alega que los preceptos legales impugnados excluyen de toda intervención a la Corte Suprema para revisar las sentencias de las Cortes de Apelaciones que fallen los recursos de nulidad, lo que invalida el ejercicio de su superintendencia disciplinaria y correctiva.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la expresión «sólo«, contenidas en los numerales 1) y 2) del artículo 34 de la Ley N°19.971, sobre Arbitraje Comercial Internacional.
Los preceptos legales impugnados establecen:
“La petición de nulidad como único recurso contra un laudo arbitral.
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Se declaró admisible y confirió traslado sobre el fondo de la impugnación.
Norma que restringe las causales de interposición del recurso de casación en la forma que incide en un juicio arbitral, será revisada por el Tribunal Constitucional.

Ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
Norma de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional que establece que el juicio de remoción del gobernador regional se conoce en una única instancia, será revisada por la Magistratura Constitucional.

Código de Justicia Militar.
Norma que establece la competencia de los Tribunales Militares para conocer de delitos comunes cometidos por funcionarios de Carabineros, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

