Diario Constitucional

Igualdad ante la ley y debido proceso.

Pretenden inaplicabilidad de norma del CPP en caso en el que se acusa a una persona del delito de usura.

La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Chillán.

Por Redacción·17 de marzo de 2021·1 min de lectura
Pretenden inaplicabilidad de norma del CPP en caso en el que se acusa a una persona del delito de usura.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucionales, los artículos 247 y 248 del Código Procesal Penal.

El primer precepto impugnado establece en lo que interesa al recurso, lo siguiente: “Plazo para declarar el cierre de la investigación. Transcurrido el plazo de dos años desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal deberá proceder a cerrarla.”. Por su parte, el segundo artículo recurrido expresa, en síntesis, el procedimiento relativo al cierre de la investigación.

La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Chillán, en el que se acusa a la requirente por el presunto delito de usura.

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