Independencia de los poderes.
Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que Estados y Municipios pueden adoptar medidas contra pandemia.
El máximo Tribunal brasileño adujo que no le compete al Poder Ejecutivo Federal tomar decisiones de gobiernos estaduales unilateralmente.

El Supremo Tribunal Federal (STF) determinó que los gobiernos estaduales, distritales y municipales, en el ejercicio de sus atribuciones y, en el ámbito de sus territorios, poseen la competencia para adoptar medidas restrictivas durante la pandemia del Covid-19.
Al respecto, la Magistratura constitucional brasileña sostuvo que dentro de las medidas que pueden adoptar, están la imposición de distanciamiento social, la suspensión de actividades de enseñanza, restricciones al comercio, actividades culturales y la circulación de personas, entre otras.
Enseguida, el fallo indicó que las autoridades deben actuar siempre con absoluto respeto a los mecanismos constitucionales de equilibrio institucional y mantención de armonía e independencia entre los poderes, evitando, de esa manera, el exacerbamiento de cualquier individualismo perjudicial en la conducción de las políticas públicas esenciales en el combate de la crisis sanitaria.
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A partir de las 14:00 horas.
Hoy se realizará audiencia pública en el TC en el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de senadores de Chile Vamos en contra de iniciativa legal que excluye del indulto conmutativo a internos de Punta Peuco.

Solicitan se declare la inconstitucionalidad de los artículos 15 y 17.
Diputados de Chile Vamos ingresan requerimiento al Tribunal Constitucional para que se conceda beneficio del indulto conmutativo a condenados de Punta Peuco.

Luego de oír la participación de diversas personas naturales y jurídicas.
TC rechazó requerimiento de inconstitucionalidad deducido por senadores de Chile Vamos que impugnaron normas del proyecto de ley aprobado que otorga indulto a población de riesgo de Covid-19 y que excluye a reos de Punta Peuco.

