Diario Constitucional

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Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que expulsión de ciudadano extranjero con hijo brasileño es incompatible con principios constitucionales.

El máximo Tribunal de Brasil adujo esto, pues consideró que, específicamente, la medida es incompatible con los principios constitucionales de protección de la infancia y la familia.

Por Redacción·29 de junio de 2020·2 min de lectura
Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que expulsión de ciudadano extranjero con hijo brasileño es incompatible con principios constitucionales.
Referencial

El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió que la expulsión de un extranjero con un niño brasileño nacido después del hecho criminal que motivó el acto de expulsión es incompatible con los principios constitucionales de protección infantil y familiar.

Respecto a los hechos, el caso se refiere a un ciudadano tanzano condenado en 2003 por usar un documento falso (artículo 304, combinado con 297 del Código Penal). Después de cumplir la sentencia, se inició una investigación policial por expulsión, que en 2006 resultó en una ordenanza del Ministerio de Justicia que determinaba su salida del país. En segunda instancia, el Sindicato recurrente cuestionó la decisión del Tribunal Superior de Justicia (STJ) que había prohibido la expulsión, teniendo en cuenta los principios de protección del interés del niño establecidos en la Constitución Federal y en el Estatuto del Niño y el Adolescente (ECA). Según la Unión, la legislación en ese momento solo prohibía la expulsión si la descendencia brasileña era anterior al hecho motivador, y evitar su efectividad iría en contra de la soberanía nacional, ya que es un acto discrecional del Presidente de la República.

Al respecto, la Magistratura constitucional adujo que la Constitución Federal no aceptaba la regla del Estatuto del Extranjero (Ley 6.815 / 1980, artículo 75, párrafo 1) que admite la expulsión en estas condiciones. En ese momento, el fallo declaró que la disposición del Estatuto del Extranjero contradice el principio de isonomía, al dar un trato discriminatorio a los niños que habían estado antes y después del hecho motivador de la expulsión.

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