Diario Constitucional

Con prevención y voto en contra.

TC acogió inaplicabilidad que impugnaba norma que exige consignación previa para reclamar contra multa impuesta por SEC.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona, García y Pozo, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento.

Por Redacción·13 de marzo de 2019·2 min de lectura
TC acogió inaplicabilidad que impugnaba norma que exige consignación previa para reclamar contra multa impuesta por SEC.
Referencial

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 19 de la Ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

La gestión pendiente incide en un recurso de reclamación, de que conoce la Corte de Temuco, deducido contra la resolución de la SEC de La Araucanía que impuso una multa a la recurrente.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional expuso que se ha pronunciado desde el año 2008, en aproximadamente una veintena de sentencias de inaplicabilidad, privando sostenidamente de validez particular al instituto legal del “solve et repete”, en diversas áreas del derecho, pues en términos generales, constituye un dispositivo frecuente del poder administrativo, destinado a encubrir la arbitrariedad y hacer ilusoria la defensa de los administrados. Sostuvo que el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva en general, y el derecho al recurso y la acción en particular, no pueden estar condicionadas a este privilegio o dispositivo anacrónico de poder propio de estado absolutista del solve et repete o pago previo total, parcial o proporcional de la obligación o sanción impuesta, que subordinan arbitrariamente dicho ejercicio a la capacidad económica del administrado, por constituir una evidente disuasión al administrado para no activar el control judicial de los actos de la administración.

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