Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley sobre penas alternativas.

La gestión pendiente invocada recae en un Recurso de Nulidad conocido por la Corte Suprema.

Por Redacción·20 de julio de 2016·2 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley sobre penas alternativas.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso segundo del artículo 1° de ley N°18.216 que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.

El precepto impugnado establece: "No procederá la facultad establecida en el inciso precedente ni la del artículo 33 de esta ley, tratándose de los autores de los delitos consumados previstos en los artículos 141, incisos tercero, cuarto y quinto; 142, 361, 362, 372 bis, 390 y 391 del Código Penal; en los artículos 8°, 9°, 10, 13, 14 y 14 D de la ley N° 17.798; o de los delitos o cuasidelitos que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionados en las letras a), b), e), d) y e) del artículo 2° y en el artículo 3° de la citada ley N°17.798, salvo en los casos en que en la determinación de la pena se hubiere considerado la circunstancia primera establecida en el artículo 11 del mismo Código".

La gestión pendiente invocada recae en un Recurso de Nulidad conocido por la Corte Suprema, respecto del proceso penal pendiente seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de San Antonio, por los delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades y porte ilegal de arma de fuego

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.