Derechos Humanos.
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre aplicación del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente incide en proceso sobre violación a derechos humanos por el delito de homicidio, seguido ante los Ministros de fuero doña Eliana Quezada Muñoz y don Julio Miranda Lillo.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 483 del Código Procesal Penal.
El precepto legal impugnado dispone lo siguiente: “Aplicación de las disposiciones del Código. Las disposiciones de este Código sólo se aplicarán a los hechos acaecidos con posterioridad a su entrada en vigencia”.
La gestión pendiente incide en proceso sobre violación a derechos humanos por el delito de homicidio, seguido ante los Ministros de fuero doña Eliana Quezada Muñoz y don Julio Miranda Lillo, de la Corte de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recursos de casación en la forma y en el fondo.
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