Diario Constitucional

Ponce Lerou.

TC declaró inaplicable norma legal conforme a la cual la SVS impuso millonaria multa en caso «Cascadas».

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona, García, Hernández Emparanza y Pozo, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento.

Por Redacción·25 de mayo de 2018·4 min de lectura
TC declaró inaplicable norma legal conforme a la cual la SVS impuso millonaria multa en caso «Cascadas».
Referencial

El TC declaró inaplicable el inciso primero del artículo 29 del D.L. N° 3.538, de 1980, Ley Orgánica de la Superintendencia de Valores y Seguros. Disposición faculta al Superintendente a fijar la cuantía de la multa en hasta un 30% del monto de la operación irregular.

Cabe recordar que el requirente estimó que el precepto legal impugnado es contrario a lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política, toda vez que no define criterios, parámetros ni contiene principio alguno que permita determinar la cuantía específica de la multa aplicable al caso concreto que otorgue una base cierta y verificable, ex ante, que permita prever con precisión la multa a que el infractor se expone en caso de vulnerar la normativa.

La gestión pendiente se encuentra radicada en la Corte de Apelaciones que está llama a resolver el recurso de apelación interpuesto por Julio Ponce en contra de la sentencia dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago que rechazó la reclamación que aquél habia deducido impugnando la multa que le impuso la SVS en denominado caso “Cascadas” por U$ 70 millones.

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