Segunda Sala.
TC no acoge a tramitación acción de inaplicabilidad de artículo 169 del Código Sanitario. No se acompaño certificado que acredite que la gestión esta pendiente, su estado, la calidad de parte del requirente entre otras exigencias legales.
El requerimiento no se acogió a tramitación por cuanto apercibido el actor para acompañar el certificado que debe ser expedido por el tribunal que conoce de la gestión pendiente no lo hizo dentro el plazo legal y han transcurrido alrededor de cuatro meses desde la resolución que lo exigió, resolviéndose que la impugnación no cumple…

El requerimiento no se acogió a tramitación por cuanto apercibido el actor para acompañar el certificado que debe ser expedido por el tribunal que conoce de la gestión pendiente no lo hizo dentro el plazo legal y han transcurrido alrededor de cuatro meses desde la resolución que lo exigió, resolviéndose que la impugnación no cumple con las mínimas exigencias necesarias para poder ser admitida a trámite.
El aludido certificado debe emitirse por el tribunal que conoce de la gestión . . .
Te puede interesar

Primera Sala.
TC no acoge a tramitación acción de inaplicabilidad que impugnaba el inciso primero del artículo 775 del CPC luego de lograr convicción de que no puede prosperar por no encontrarse razonablemente fundada.

Segunda Sala.
TC no admite a tramitación requerimiento de inaplicabilidad de artículo 431 del Código del Trabajo por cuanto quien lo interpone no es parte en la gestión pendiente. Se tiene por no presentado para todos los efectos legales.

Primera Sala.
TC no admite a tramitación requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley de Isapres referidas al factor etáreo por cuanto la exposición de los hechos fundamentos que en el se contiene no es clara.

