Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que ordena designar Ministros en Visita y que incidiría en proceso por delitos de lesa humanidad.
El requirente estima que el precepto impugnado vulneraría la igualdad ante la ley y el debido proceso, por cuanto se impide aplicar el nuevo sistema procesal penal, que justamente asegura un procedimiento y una investigación racionales y justos.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la frase “la investigación de hechos o de pesquisar delitos” contenida en el artículo 560 N° 2° del Código Orgánico de Tribunales.
La gestión pendiente incide en autos criminales, sustanciados ante el Ministro en Visita Extraordinaria Jaime Arancibia Pinto, en los que se dictó auto de procesamiento en contra del requirente como autor de los delitos de secuestro y detención ilegal del cabo de la Armada Mariano Ramírez, hechos ocurridos el 11 de agosto de 1973.
El requirente estima que el precepto impugnado vulneraría la igualdad ante la ley y el debido proceso, por cuanto se impide aplicar el nuevo sistema procesal penal, que justamente asegura un procedimiento y una investigación racionales y justos.
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