Primera sala
TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma sobre jornada laboral de transporte interurbano
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 25 del Código del Trabajo.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 25 del Código del Trabajo. La gestión pendiente invocada incide en autos sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales de que conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto, en esencia, los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC, toda vez que el precepto legal impugnado podría resultar decisivo en la gestión judicial; la acción de inaplicabilidad deducida se encuentra razonablemente fundada; y que no concurre, en la especie, ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 84 de la LOCTC. Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declarara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corre sponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
Vea texto íntegro del expediente y requerimiento N° 2470.
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