En sede de un requerimiento de inaplicabilidad.
TC deberá pronunciarse si acoge a tramite impugnación de normas de la ley de extranjería que facultan al Ministro del Interior para decretar la expulsión de un extranjero del territorio nacional.
La Segunda Sala del TC deberá resolver si acoge a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 84 y 89 del DL. 1.094, y que autoriza, según el requirente, que un extranjero pueda ser expulsado del País “a través de un decreto fundado suscrito por el Ministro del Interior bajo la formula por…

La Segunda Sala del TC deberá resolver si acoge a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 84 y 89 del DL. 1.094, y que autoriza, según el requirente, que un extranjero pueda ser expulsado del País “a través de un decreto fundado suscrito por el Ministro del Interior bajo la formula por orden del (la) Presidente (a) de la República”, lo que vulneraría, en su opinión, el debido proceso garantizado en el artículo 19, Nº3, inciso quinto, de la Carta Fundamental.
La gestión pendiente invocada está constituida por un Recurso de Reclamación (rol 6.733-2010) interpuesto ante la Corte Suprema.
La Sala designa por el Presidente ordenó, previo a resolver sobre la admisión a tramite del requerimiento que se certifique el estado de la gestión en que podría incidir la impugnación, lo que fue cumplido con esta misma fecha por la Secretaria del Tribunal, verificándose que la reclamación fue acogida por el máximo Tribunal dejándose sin efecto el decreto que ordenó la expulsión del actor.
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