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Primera sala.

TC deberá pronunciarse si acoge a tramitación requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas que regulan el procedimiento de reclamo de decisiones de la autoridad regional en relación a la actividad de vigilantes privados.

El requirente sostiene que la Intendencia Metropolitana calificó a la sociedad que representa como una entidad financiera y la asimiló, en materia de seguridad, a las entidades bancarias, lo que implica que debe contratar guardias de seguridad y adoptar otras medidas cuya implementación representan un elevado costo que le resulta imposible de solventar. Añade que […]

20 de octubre de 2010

El requirente sostiene que la Intendencia Metropolitana calificó a la sociedad que representa como una entidad financiera y la asimiló, en materia de seguridad, a las entidades bancarias, lo que implica que debe contratar guardias de seguridad y adoptar otras medidas cuya implementación representan un elevado costo que le resulta imposible de solventar.
Añade que en contra de la resolución administrativa dictada por la autoridad regional, reclamo ante un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago en los términos que lo autoriza el D.L. 3607, de 1981, que establece: “Serán reclamables ante un Ministro de la Corte de Apelaciones respectiva, quien conocerá en única instancia, la resolución que notifique a las entidades a que se refiere en el inciso primero la circunstancia de encontrarse en la situación que éste contempla y las condiciones que se exijan para el funcionamiento de vigilantes privados en el respectivo decreto supremo o en los que lo modifiquen” (art. 3).
Prosigue su exposición señalado que la reclamación fue desestimada y que en contra de la resolución dictada por el Ministro de Corte dedujo un recurso de apelación, el cual, sin embargo, no fue concedido en aplicación de la norma objetada, que niega ese medio de impugnación, lo que, en su opinión violenta las normas del debido proceso al no permitirse la revisión de lo resuelto por un tribunal superior.
El requeriente invoca como gestión pendiente el reclamo interpuesto contra el Intendente de la Región Metropolitana.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 1838.

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