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Tercera sala.

CS desestimó recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de sentencia de la Corte de Valparaíso que no hizo lugar a una demanda de indemnización de perjuicios por falta de legitimación pasiva del Fisco.

“no es posible fundar una casación” en disposiciones constitucionales, “toda vez que por ellas se consagran principios o garantías de orden genérico que normalmente tienen su desarrollo en preceptos legales”.

14 de enero de 2011

La demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio interpuesta en contra del Fisco fue desestimada al acogerse la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por este último, por cuanto debió demandarse a otros órganos que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio.
El recurso denunció la infracción de diversas disposiciones constitucionales, pero la impugnación fue rechazada, para lo cual la Corte Suprema reitera que “no es posible fundar una casación” en disposiciones constitucionales, “toda vez que por ellas se consagran principios o garantías de orden genérico que normalmente tienen su desarrollo en preceptos legales”.
En lo relativo a la falta de legitimación pasiva, el fallo señala “que las conductas constitutivas de falta de servicio que se le imputan en la demanda” son “funciones propias de otras instituciones públicas”, tales como “municipalidades, gobiernos regionales, secretarías regionales de vivienda y urbanización y servicios de salud”, las que están dotadas de “personalidad jurídica y patrimonio propios, de manera que la supuesta responsabilidad extracontractual por falta de servicio sólo se puede atribuir” a esos organismos y debe perseguirse “en sus patrimonios el pago de una eventual indemnización por perjuicios ocasionados”, entre otras consideraciones que el fallo expone.

 

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