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Control obligatorio.

TC declaró constitucional proyecto de ley que establece un nuevo plazo para el cierre de los Tribunales del Trabajo de Santiago.

La Presidente de la Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley Nº 20.022, con el objeto de establecer un nuevo plazo para el cierre de los Tribunales del Trabajo de Santiago, a fin de que se pronuncie, en control preventivo y obligatorio, sobre […]

26 de enero de 2011

La Presidente de la Cámara de Diputados remitió al TC el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley Nº 20.022, con el objeto de establecer un nuevo plazo para el cierre de los Tribunales del Trabajo de Santiago, a fin de que se pronuncie, en control preventivo y obligatorio, sobre su constitucionalidad.
En su fallo, el TC transcribe los incisos primero y segundo del artículo 77 de la Constitución, junto a la norma objeto del control.
Luego expone que el artículo primero del proyecto, al modificar la Ley Nº 20.022 en su artículo noveno transitorio, modificado a su vez por el artículo único de la Ley N° 20.438, es propio de la ley orgánica constitucional a que alude el artículo 77, incisos primero y segundo, de la Carta Fundamental, puesto que se refiere a “la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República”, como se ha resuelto ya en los Roles Nºs 442, 1028 y 1695.
Después de verificar que se cumplió -respecto del precepto sujeto a control- con el trámite de oír a la Corte Suprema, que fue aprobado en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por la Carta Fundamental, que respecto de él no se suscitó cuestión de constitucionalidad durante su tramitación y que no es contrario a la Constitución, sentenció que se ajusta a la Carta Fundamental.

Vea texto íntegro de la sentencia.

Vea texto del proyecto de ley y del expediente.

Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación del proyecto de ley.

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