Diario Constitucional

En el Diario Oficial.

Fue publicada la ley sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.

El citado cuerpo legal regula la forma de constituir las asociaciones y como éstas obtendrán personalidad jurídica, pero también permite la constitución de agrupaciones que no gocen de personalidad jurídica facilitando el cumplimiento de sus fines propios.

Por Redacción·28 de febrero de 2011·2 min de lectura
Fue publicada la ley sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.
Referencial

La Constitución establece que el Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos. Además, le impone al Estado el deber de asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. También garantiza el derecho de éstas a asociarse sin permiso previo, aunque previene que para gozar de personalidad jurídica las asociaciones deberán constituirse en conformidad a la ley. Con todo, prohíbe las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado.

Dando cumplimiento al mandato constitucional y con el objeto de favorecer la participación y asociación ciudadana fue publicada en el Diario Oficial, el pasado 16 de febrero de 2011, la Ley Nº 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública.

El citado cuerpo legal regula la forma de constituir las asociaciones y como éstas obtendrán personalidad jurídica, pero también permite la constitución de agrupaciones que no gocen de personalidad jurídica facilitando el cumplimiento de sus fines propios.

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